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19 diciembre 2008

Nueva sentencia contra El Algarrobico

SÉPTIMA VICTORIA CONTRA EL ALGARROBICO:

LA AUDIENCIA NACIONAL DESESTIMA EL RECURSO DE AZATA CONTRA EL DESLINDE DE COSTAS. RECONOCE QUE EL HOTEL OCUPA SUELO PROTEGIDO C1

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la promotora Azata contra el deslinde de 100 m. de Costas. Se trata del tercero de cuatro pleitos interpuestos en la AN contra el deslinde del Ministerio de Medioambiente en fallarse este año, resultando el fallo siempre contra los demanadantes y a favor del deslinde de 100m. En todos los pleitos es parte codemandada Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense, que a través de su letrado José Ignacio Dominguez se ha opuesto exhaustivamente a todos los recursos presentados.
Se trata de la séptima victoria de Salvemos Mojácar contra el hotel desde el comienzo de los litigios hace tres años y de la octava victoria de la asociación en los tribunales en lo que va de año.

El presente era posiblemente el más delicado de los recursos interpuestos ya que en él se argumentaba el derecho a indemnización en función del aprovechamiento urbanístico de las fincas, cuestión que ha sido desmentida puntualmente por Salvemos Mojácar.

La sentencia va más lejos que las anteriores en la AN al reconocer con firmeza que el hotel ocupa suelo de protección C1 según lo planos del PORN publicados en el BOJA de 1994, como esta asociación ha venido defendiendo desde el principio.

La sentencia considera que el peritaje de Ubaldo Gomíz, arquitecto del hotel, presentado por la promotora como prueba, no tiene la adecuada apariencia de imparcialidad, dada la relación especial del arquitecto con la empresa, que data de hace más de 20 años.

Igualmente se muestra dura la sentencia con la perito Emilia Pascual López, tambien propuesta por la promotora, al considerar que su informe parte de un hecho inexacto y se contradice luego a su vez. El informe de dicha perito y su actuación en la testificación ya había sido denunciado por esta asociación por revertir indicios de falsedad, al no reconocer que el hotel ocupa suelo protegido ni que la servidumbre ha de ser a todos los efectos de 100 m.
La sentencia desestima el argumento principal de la promotora según el cual la revisión del Plan Parcial hubiera tenido que dar lugar a indemnización por los derechos urbanísticos y que por lo tanto no se debería haber realizado.

Como esta asociación sostiene desde el principio tanto la promotora como el ayuntamiento conocían desde un comienzo la normativa a aplicar tanto en lo referente a Costas como al suelo protegido, y por consiguiente eran conscientes de la ilegalidad de la construcción antes que esta se empezara, por lo que no ha lugar a indemnización ni entonces ni ahora.

Nota de prensa de:
Salvemos Mojácar

Más informacion y documento de la sentencia en
www.salvemosmojacar.org