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La novela negra del Cortijo del Fraile

La Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Níjar por inactividad en materia de disciplina urbanística en relación al Cortijo del Fraile. El 26 de Septiembre de 2011, presentamos un recurso administrativo dirigido al Alcalde de Níjar instándole a que adoptara todas las medidas pertinentes conforme a las competencias locales en urbanismo para instar a los propietarios del inmueble histórico a cumplir con las obligaciones en materia de patrimonio histórico.

El Cortijo del Fraile, declarado como Bien de Interés Cultural (BIC) con la tipología de Sitio Histórico y ubicado en pleno Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. Este inmueble tiene unos valores históricos y sentimentales sin precedentes, al ser uno de los escenarios de Bodas de Sangre de la obra de Federico Garcia Lorca. Incluso está considerado como un lugar Lorquiano.
El Inmueble histórico se encuentra en un estado de abandono total y expolio deplorable, incluso hay algunas partes que se han derrumbado por su avanzado estado de deterioro. Las condiciones actuales del edificio suponen un propio peligro para la estabilidad del edificio, esto supone un riesgo para los propios ciudadanos que suelen visitar el inmueble y para la propia conservación de sus valores históricos.

Consideremos que estos hechos son contrarios a la normativa urbanística y protección del patrimonio histórico que establecen expresamente las obligaciones y competencias que deben cumplir tanto propietarios como administraciones para garantizar una adecuada conservación de los valores históricos del patrimonio histórico de Andalucía.

Consideramos que el Ayuntamiento de Níjar tiene competencias en materia urbana para instar a los propietarios de bienes inmuebles que tenga algún grado de protección, y que cumplan con las obligaciones en materia de conservación, rehabilitación y ornato urbano. De oficio se puede dictar órdenes de conservación que pueden ejecutarse mediante multas coercitivas y ejecución subsidiaria.

No entendemos que todavía el Ayuntamiento no haya abierto un expediente de disciplina urbanística al propietario por sus reiterados incumplimientos. El propietario incluso está incumpliendo los acuerdos plenarios adoptados en el pleno de 25 de Septiembre, donde las fuerzas políticas del PP, PA e IU, con la abstención del PSOE, acordaron que el Ayuntamiento de Níjar estudiaría la viabilidad de abrir un expediente de disciplina urbana a los propietarios del Cortijo del Fraile por sus reiterados incumplimientos en materia de patrimonio histórico.
El Tribunal Contencioso-administrativo nº 1 de Almería admitió nuestras medidas cautelares dictando una RESOLUCIÓN JUDICIAL donde se dispone que el Ayuntamiento de Níjar adoptará todas las medidas necesarias en materia de conservación y recuperación del patrimonio histórico Cortijo del Fraile, durante la sustanciación de este recurso, si fuera necesario, a los propietarios del inmueble para que cumplan las medidas para tal fin se ordena al Ayuntamiento.

Este pronunciamiento judicial ha sido un reconocimiento legal de las pretensiones y denuncias realizadas por la sociedad civil reclamando una adecuada conservación de este inmueble. El Ayuntamiento de Níjar no podrá echar más balones fuera y deberá garantizar una adecuada ejecución del auto judicial porque en caso de incumplimiento se estará incurriendo en un delito penal de desobediencia judicial.

Por último, comentar la aprobación por parte del Ayuntamiento de Níjar del protocolo de intenciones para la puesta en valor del Cortijo del Fraile donde los propietarios cederían los terrenos del Cortijo del Fraile al Ayuntamiento de Níjar, permutados por aprovechamiento urbanístico y el Consistorio traspasaría la gestión del inmueble histórico a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Este protocolo de intenciones muestra que el Cortijo del Fraile ha sido durante estos últimos años rehén de la especulación inmobiliaria donde los propietarios buscaban conseguir aprovechamiento urbanístico a costa de presión a las administraciones públicas. A parte de la poca ética política del convenio firmado por el Ayuntamiento de Níjar, este podría ser ilegal porque los terrenos del inmueble histórico están catalogados como suelo no urbanizable de especial protección donde está prohibida cualquier clasificación como sistema general de suelo urbanizable.

Esperemos que la resolución judicial sea el comienzo de un buen final para esta trágica historia de conservación y promoción del Cortijo del Fraile.

Enrique Ruiz
Presidente de la Asociación de Amigos
del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar